El trabajador, previo aviso y con justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Motivo
Permiso
Matrimonio
Quince (15) días
Formalización pareja de hecho
Quince (15) días
Nacimiento de hijo
Dos (2) días
Fallecimiento de parientes (*1)
Dos (2) días (*2)
Accidente o enfermedad graves de parientes (*1)
Cinco (5) días
Hospitalización de pariente
Cinco (5) días
Intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario
Cinco (5) días
Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo
Por el tiempo indispensable
Para realizar funciones sindicales o de representación del personal
Realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
Por tiempo indispensable
Casos personales de fuerza mayor
4 días (se puede disfrutar por horas)
Catástrofes o circunstancias especiales decretadas por las autoridades
4 días
(*1) Hasta el 2º de consanguinidad o afinidad (*2) Cuatro (4) días si necesita realizar un desplazamiento
Fiestas laborales
Máximo 14 al año
La Natividad del Señor
25 de diciembre
Año Nuevo
1 de enero
Fiesta del Trabajo
1 de mayo
Fiesta Nacional de España
12 de octubre
Vacaciones anuales
30 días naturales (mínimo). Pueden fraccionarse.
No sustituibles por compensación económica.
Periodo de mutuo acuerdo entre empresa y trabajador
Fechas deben ser conocidas, al menos, dos meses antes del comienzo del disfrute
Se suspenden en caso de incapacidad temporal, para disfrutarse a continuación
Las vacaciones empiezan tras el descanso semanal
Descanso semanal y diario
Descanso
Mínimo (ininterrumpido )
Diario
12 horas
Semanal (*1)
Día y medio (36 horas)
(*1) El descanso Semanal empieza tras disfrutarse el descanso diario. Se puede acumular máximo 14 días, y entonces debe haber 3 días de descanso ininterrumpido. Para los menores de 18 años el descanso mínimo semanal de dos días ininterrumpidos (mínimo)
Promoción y formación profesional en el trabajo
Cuando el trabajador curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional tiene los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo.
Ausencias por nacimiento de hijos, lactancias y relacionado
Por lactancia de un hijo menor de 9 meses, las trabajadoras tienen a 1 hora de ausencia del trabajo
– Se puede dividir en 2 fracciones
– Se incrementa el permiso proporcionalmente por parto múltiple
– La mujer (o el padre) puede decidir sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora
– La mujer (o el padre) puede decidir acumular el permiso en jornadas completas (según convenio)
La madre o el padre tendrán derecho a
– Nacimientos de hijos prematuros: 1 hora
– Los niños deban permanecer hospitalizados a continuación del parto: 1 hora
– Reducir su jornada, con disminución proporcional del salario: hasta 2 horas
Reducción de jornada
Derecho de reducción de la jornada de trabajo (con la disminución proporcional del salario entre 1 y 4 horas) al que tenga a su cuidado directo:
– Algún menor de ocho años
– Una persona con discapacidad física (que no desempeñe una actividad retribuida)
– Una persona con discapacidad psíquica o sensorial (que no desempeñe una actividad retribuida)
Un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que no puede valerse porpor sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida, por razones de edad, accidente o enfermedad.
Trabajadoras víctimas de violencia de género
Derecho reducción de la jornada de trabajo (disminuyendo proporcionalmente el salario)
Derecho a flexibilidad horaria
– Para hacer efectiva su protección
– Para ejercer su derecho a la asistencia social integral
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